A raíz de mi vídeo sobre la censura del DNI para entregar en hoteles y en otros sitios, como por ejemplo tiendas de móviles, bancos y demás, han surgido dudas respecto a sí siempre es necesario censurarlo y que lo admitan, o si es posible que en algunos casos haya que entregarle de verdad la copia o que no haya que entregarle absolutamente nada.
Vaya por delante que el vídeo es sobre todo una llamada de atención para que no demos copias del DNI alegremente por ahí al primero que nos las pida, sobre todo porque la mayor parte de las veces no tienen derecho a hacerlo. Pero lo que cuento en el vídeo, como todo en la vida, no es una regla general y para todos los casos. Habrá situaciones en las que esté justificado dar una copa completa del DNI, y es lo que analizo en este documento.
En la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tienen varios dictámenes y notas en los que aclaran algunas de estas cosas. Los voy a comentar a continuaci